Mediaciones a celebrar bajo la modalidad presencial o a distancia para conflictos patrimonial, laboral, comercial, vecinal, escolar, familiar, etc. Art. 2 RESO-2021-956-GDEBA-MJYDHGP “La instancia de Mediación Voluntaria no sustituye a la Mediación Obligatoria prejudicial y en ningún caso habilita la vía judicial”.
Receptoría Gral. de Expediente del Departamento Judicial de Lomas de Zamora. Enviar sorteo, declaración jurada firmada, copia de DNI de los requirentes y credencial del letrado interviniente, nota declarando celular y mail del abogado/a y la parte requirente, pago de anticipos de honorarios del mediador, pago de las notificaciones al mail [email protected] o comunicarse al cel. 1558811701.